El TSJ de Madrid corrige nuevamente a Interior: el CES no puede usarse para impedir la compatibilidad laboral de un Guardia Civil.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la resolución del Ministerio del Interior que impedía a un sargento de la Guardia Civil compatibilizar su servicio con una actividad privada y ha aclarado que el Complemento Específico (CES) no puede calcularse de forma expansiva para denegar estas solicitudes. La sentencia, basada en la doctrina del Tribunal Supremo, reconoce el derecho del agente a desarrollar su actividad privada sin renunciar a su salario.

