Escala de Oficiales y Facultativa: Opinión de APROGC

Ya parece que, de nuevo, el ambiente organizativo del Cuerpo se empieza a caldear… ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, mediante Sentencia 141/2012, de 10 de febrero, nos viene a recordar que las Escalas Facultativas están intrínsecamente diferenciadas de las de Oficiales por su ámbito de actuación más limitado, condicionado por su propia especialización, procedencia y forma de acceso…Parece obvio, por tanto, que pretender forzar ahora la integración de los facultativos en una futura escala única de Oficiales, se asoma a la realidad más como un escollo a saltar que como una solución medianamente viable.

Este asunto debe abordarse, sin duda alguna, desde la necesaria perspectiva de buscar lo adecuado para robustecer la Guardia Civil, sin dejarse llevar por opiniones interesadas. Además, parece de justicia, un mínimo de coherencia en los planteamientos generales.

APROGC se ha hecho eco de esta situación y ha difundido una Nota de Prensa al respecto, cuya copia se adjunta en el enlace del final de la página, al igual que la Sentencia referida al inicio.

Sería bueno que la postura de la Asociación se difundiera en los ámbitos correspondientes, precisamente para que sea conocida y no dar muestras de ambivalencia o aturdimiento generalizado ante problemas concretos y reales. Vuelve a retomarse un borrador de nueva Ley de Personal. Entre los aspectos más conflictivos del borrador es el referido a la integración de Escalas de Oficiales. Se pretende incluir en la nueva escala única de Oficiales al personal de las Escalas Facultativas (Superior y Técnica) como si fueran unos Oficiales más; para la Asociación Pro Guardia Civil (APROGC) se trata de todo un disparate, explicamos por qué.

Las escalas facultativas se crearon para cubrir una acuciante necesidad en la Guardia Civil como era: la necesidad de cubrir adecuadamente los laboratorios de Criminalística de de Policía Judicial; y atender áreas especializadas de asistencia al personal (principalmente de sanidad y de psicología). Cumplen una función tan específica como necesaria y existen también en otras instituciones relevantes. Sin embargo, su posterior desarrollo orgánico fue caótico: se ampliaron puestos de trabajo de varias especialidades técnicas sin planificación;  no se abordó la reglamentación de personal (destinos, catálogo, modelo de carrera, uniformidad, etc.), y es discutible la manera de cubrir algunas plazas, con cierto paternalismo por parte de la Administración. Pero el personal facultativo, en la parte técnica, ha cumplido y cumple su función, en general, de forma muy relevante; los resultados son, pese a todo, muy positivos. Y es de resaltar los pocos reflejos de una administración lenta en lo relativo a las remuneraciones, que no son las adecuadas.

En este borrador de ley, se hace tabla rasa con todo el que lleva estrellas y se da la paradoja que personas, incluso civiles, superado un examen-oposición técnico, pasado una estancia académica de dos meses en Zaragoza, otros tres en Aranjuez y otros tres más de prácticas en una Especialidad técnica, son equiparadas a los Oficiales del Cuerpo con formación específica profesional de tres o cinco años según la escala (a lo que debe añadirse la experiencia profesional de muchos años, en el caso de la escala de Oficiales). Con esto, el salto que operarán algunos facultativos es digno de “Record Guinness”: con una formación civil técnica de tres años se equipararán, de golpe, a dos tipos de titulados superiores: los de su propia especialidad y la de Oficial de la Guardia Civil. Y, además, serán escalafonados muy por delante de Oficiales mucho más antiguos. Se comprende que algunos facultativos defiendan tal integración porque se privilegia (desmesuradamente) su posición. ¿Se imagina alguien que un Capitán de la escala de Oficiales, con un curso de adaptación breve, pueda estar facultado para ejercer de psicólogo? Pues el contrario tampoco; no porque todos tengan el mismo “título” están facultados para hacer lo mismo. Cada uno a lo suyo, cada uno para lo que está preparado, cada uno para aquello para lo que ha recibido la formación académica.

Tal equiparación es injusta y un fraude de ley, y debe remarcarse ante el complejo de “buenismo” y pasividad institucional de la Administración. La Disposición Final de la Ley 42/1999, habla específicamente de integrar a las Escalas superior de  Oficiales y de Oficiales; quedan excluidas las Facultativas, así de claro. Es, además, un menosprecio de la formación específica policial (y militar) de los Oficiales, amén de producirse sangrantes casos de  “despromoción”; y especialmente injusta para la Escala de Oficiales (con una promoción interna tan dura como arraigada y meritoria en el Cuerpo). Y es incompresible que determinada asociación de clase (exclusiva de Oficiales) se haya sumado a tal chapuza, quizás solo por un puñado de socios, un puñado de votos. La integración  de las dos escalas de mando es defendida por la práctica totalidad de Oficiales; hay que hacerla ya y de la manera más justa posible.  Cosa bien distinta es que en la nueva Ley, se articulen mecanismos para el pase desde las Escalas Facultativas a la de Oficiales, por una sola vez, y viceversa, haciendo la correspondiente reserva de plazas en las respectivas convocatorias y superando los requisitos necesarios (posesión de créditos específicos, superación de cursos, en su caso, etc). No podemos estar de acuerdo por injusto e ilógico.

Desde APROGC se viene constatando el malestar de muchos Oficiales ante esta situación. Y también, son varios los miembros de las Escalas Facultativas que reclaman la permanencia de sus Escalas y demandan, una adecuada reglamentación y remuneración, que tampoco puede tardar mucho más. Son necesarias, y el resultado tremendamente positivo, está a la vista: desarrollan su trabajo técnico al máximo nivel, dan un plus de modernidad, y suponen una vinculación estable y organizada con el mundo científico, que ya reconoce su experiencia y valía. ¿Alguien puede pensar que se puede estar al día en temas tan complejos a tiempo parcial? ¿Acaso se puede tener verdaderos expertos cuando estos alternan, según su capricho o avatares personales, funciones administrativas, operativas y técnicas, con dispar distribución de su experiencia? Si estas escalas se suprimieran, volverían a tener que ser creadas, por necesarias. Valoramos y apoyamos las Escalas Facultativas de manera firme y decidida, e instamos a una regulación clara de su modelo de carrera pero dentro de su especialidad, dentro de su escala.

Esta posición que sostiene APROGC, basada en la aplastante lógica de la realidad de los hechos, ha sido confirmada mediante Sentencia 141/2012, de 10 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; aclara que las Escalas Facultativas están totalmente diferenciadas de las de Oficiales por su ámbito de actuación más limitado, condicionado por su propia especialización, procedencia y forma de acceso. Pretender forzar, ahora, la integración de los facultativos en la futura escala única de Oficiales se antoja una temeridad. Lo que es peor, este popurrí de integración traerá un carrusel interminable y voluminoso de recursos. Y la Justicia ya se ha decantado. Y si no ya se verá. Nosotros, al menos, lo habremos dicho ante el evidente aturdimiento general. Este asunto debe abordarse desde la necesaria perspectiva de buscar lo adecuado para robustecer la Guardia Civil, sin dejarse llevar por opiniones interesadas. Además de justicia, es también exigible un mínimo de coherencia.

¡Comparte!

También te podría interesar...