El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la Guardia Civil a pagar las cantidades dejadas de pagar a una oficial de la Guardia Civil por tener un embarazo de riesgo de mellizos

El Tribunal Superior de Justicia ha dictado sentencia por la que ha acordado estimar el recurso presentado por una oficial de la Guardia Civil contra la decisión de la Dirección General de la Guardia Civil en la que acordó no pagarle el complemento de productividad, pese a que la misma se dio de baja por embarazo de riesgo.

La sentencia anula la decisión adoptada por la Guardia Civil y le reconoce el derecho a que se le abone el complemento de productividad durante todos los meses que dejó de percibirlo, y a percibir las diferencias igualmente durante el periodo de permiso por nacimiento de hijos.

La oficial de la Guardia Civil dejó de percibir la productividad estructural durante los meses de baja por embarazo de riesgo y permiso de maternidad, durante los meses de febrero a julio de 2018.

La Guardia Civil se dio de baja por embarazo de riesgo el 10 de enero de 2018, dando a luz a sus mellizos el 8 de mayo, comenzando su permiso de maternidad el 10 de septiembre del mismo año.

Pese a ello, la Guardia Civil, a través de la asesoría jurídica de su asociación profesional APROGC se vio obligada a presentar todos los recursos a los que tenía derecho contra esta decisión de no abonarle dichas cantidades.

El Abogado del Estado, contestó a la demanda y entendiendo que la petición formulada estaba amparada en el Derecho Constitucional de hombres y mujeres, se allanó a la demanda.

Finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia en la que estimaba el recurso presentado y anulaba la denegación por parte de la Dirección General de la Guardia Civil del abono del complemento de productividad con reconocimiento del derecho al abono de dicho complemento.

APROGC es una asociación profesional integrada por Guardias Civiles de toda España cuyo objetivo, entre otros, es la defensa de los intereses de sus asociados.

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