Carta a la Directora General de la Guardia Civil

Estimada Directora

La publicación del Real Decreto?Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (BOE 112, de 22-04-2020), introduce en su disposición adicional sexta una modificación que afecta al órgano de gestión de las pensiones de los guardias civiles que ingresaron antes del 1 de enero de 2011, que se encuentran o encontrarían adscritos al Régimen de Clases Pasivas del Estado; las competencia de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, pasarán al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Está claro que esta modificación es como consecuencia de lo que ya estableció el artículo 22 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE núm. 11, de 13-01-2020), que atribuye al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la ejecución de la política del Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas.

No entramos a valorar la “extraordinaria y urgente” necesidad de esta modificación mediante esta norma y en estos momentos, que se justifica en la exposición de motivos del RD-Ley. Pero sí debemos señalar que en unos momentos en el que los guardias civiles se encuentran en una situación de presión profesional y familiar a consecuencia de la pandemia que sufrimos, esta modificación ha introducido otro elemento de desasosiego entre los afectados, que son muchos, la mayoría. Y aunque en un principio la modificación solo debería significar un cambio del organismo gestor, es indudable que surgen dudas que este RD-Ley no aclara.

Hay muchas preguntas que surgen y que consideramos que se deben aclarar a todos las personas afectadas, por ejemplo: el motivo de la inclusión en un régimen que según todas las informaciones que se consulten padece un importante déficit; cómo afectará al cálculo de la cuantía de la pensión a percibir por aquellos que estuvieran próximos, y no próximos, a ser incluidos en el Régimen de Clases Pasivas y qué diferencias existirán en la cuantía de la pensión en uno y otro régimen; cómo afectará al sistema actual de prestación sanitaria.

Y fundamentalmente, pedimos que se vele para que no se afecten los derechos ya consolidados y que se prevean fórmulas para garantizar esos derechos a todos los afectados.

Por último, aun considerando este un tema de especial relevancia, somos conscientes de las dificultades que está generando en la gestión la situación del personal como consecuencia del COVID-19 y las prioridades de esa Dirección General y las de V. como Directora; pero le pedimos que en cuento pueda atienda a lo que solicitamos en esta comunicación.

Reciba un cordial saludo.

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